SISTEMA
DE FINANCIACIÓN
Mediante la Resolución 093 de mayo 2 de 2002 elaboró
un programa de financiación que tiene en cuenta los
verdaderos ingresos de cada estrato social de la ciudad de
Ibagué
Quiénes pueden acogerse al plan
de financiación establecido en la Resolución
093 de 2002?
Todos los deudores que cuenten con tres o más facturas
vencidas.
Cuáles son los requisitos para acogerse
a los planes de financiación?
- Ser propietario del predio y acreditar tal calidad con
el certificado de tradición y libertad del inmueble
o fotocopia del recibo del impuesto predial o fotocopia
de la carta venta del predio.
- Si el inmueble es un ejido, fotocopia de constancia correspondiente
emitida por la alcaldía en donde conste que la persona
es el poseedor actual.
- Si el solicitante es el arrendatario del inmueble, debe
contar además con autorización autenticada
del propietario.
A cuánto corresponde el interés de financiación?
Al uno por ciento (1%) de interés mensual, sobre el
saldo de la financiación.
Cuál es el periodo de financiación?
SUSCRIPTORES CON MORA ENTRE CINCO (5)
Y VEINTICUATRO (24) MESES
La cuota inicial a cancelar corresponde al cinco por ciento
(5%) del total de la deuda. El excedente se financiará
así:
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Meses Vencidos
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Tiempo Máximo de Financiación en Meses
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3 |
6 |
4 |
8 |
5 |
10 |
6 |
12 |
7 |
14 |
8 |
16 |
9 |
18 |
10 |
20 |
11 |
22 |
12 |
24 |
13 |
26 |
14 |
28 |
15 |
30 |
16 |
32 |
17 |
34 |
18 - 24 |
36 |
SUSCRIPTORES CON MORA DE MÁS
DE VEINTICUATRO (24) MESES
Se concede un plazo de financiación de tres años
(treinta y seis meses), puede realizar un convenido de pago
y obtener el beneficio de UN AÑO DE GRACIA durante
el cual se puede contar con el servicio de agua, se cancela
únicamente el consumo, no aumentan los intereses moratorios
y puede efectuar abonos a la deuda, iniciándose el
pago de las cuotas de financiación en el segundo año.
Este beneficio, tiene como requisito que el suscriptor no
puede dejar vencer más de tres periodos de facturación,
puesto que esto es causal de dar por terminada la financiación
y hacerse obligatorio el pago del total de la deuda so pena
de darse inicio a la jurisdicción coactiva.
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