La Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado IBAL S.A E.S.P - OFICIAL informa a sus suscriptores los porcentajes de SUBSIDIOS Y APORTES SOLIDARIOS aplicados a partir del periodo de facturación del mes de Julio de 2006, conforme a:

  • Articulo 89.2 de la ley 142 de 1994.
  • Decreto Ley 057 del 12 de Enero del 2006 "Por la cual se establecen unsa reglas para la aplicación del factor de aporte solidario para los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo".
  • Acuerdo Concejo Municipal No. 0012 del 1 de Junio de 2006.(Decreto No.11-0512 del 13 de Julio del 2006) Por medio del cual se reglamenta el Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos del Municipio de Ibagué.

Factores de Subsidio y/o Contribución Vigentes
Según acuerdo 019 de Agosto 13 de 2008 - Concejo Municipal de Ibagué

PORCENTAJES DE SUBSIDIOS PARA ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO
Estrato
% Subsidio Cargo Fijo
% Subsidio Comsumo 20 m3
%Subsidio Tasa de Uso y Retributiva
Bajo-Bajo
1
65 %
65 %
65 %
Bajo
2
33 %
33 %
33 %
Medio-Bajo
3
10 %
10 %
10 %
El porcentaje de subsidios estratos 1,2, y 3 se aplican sobre el consumo de los primeros 20 m3 tanto para Acueducto y Alcantarillado como tasa de uso retributiva.
 
PORCENTAJES DE APORTES SOLIDARIOS PARA ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO
Estrato/Uso
% Aporte Solidario Cargo Fijo
% Aporte Solidario Comsumo
% Aporte Solidario Tasa de Uso y Retributiva
Medio-Alto
5
400 %
110 %
110 %
Alto
6
130 %
80 %
80 %
Uso Comercial
--
70 %
70 %
70 %
Uso Industrial
---
70 %
65 %
65 %
Estratos 5, 6 uso comercial e industrial los porcentajes se aplican sobre el consumo total
 

Si desea consultar los valores correspondientes a los subsidios y/o aportes, lo invitamos a visitar el siguiente vínculo:         Consulta Valores Subsidios i/o Aportes